Principios Básicos de la ley general de salud de Nicaragua
Son principios de esta Ley:
1. Gratuidad: Se garantiza la gratuidad de la salud para los sectores vulnerables
de la población, priorizando el cumplimiento de los programas materno-infantil,
personas de la tercera edad y discapacitados.
2.
Universalidad: Se garantiza la cobertura del servicio de
salud a toda la población, conforme los términos previstos en los regímenes que
se establecen en la presente Ley.
3. Solidaridad: Se garantiza el acceso a los servicios esenciales de salud, a
través de la contribución y distribución de los recursos y conforme las reglas
propias de los diferentes regímenes que se establecen en la presente Ley.
4.
Integralidad: Se garantiza
un conjunto de acciones integradas en las diferentes fases de la prevención,
promoción, tratamiento o recuperación y rehabilitación de la salud, así como
contribuir a la protección del medio ambiente, con el objeto de lograr una
atención integral de la persona, su núcleo familiar y la comunidad, de acuerdo a
los diferentes planes de salud.
5.
Participación Social: Se garantiza la participación activa de la
Sociedad civil en las propuestas
para la formulación de políticas, planes, Programas y proyectos de salud en sus
distintos niveles, así como en su seguimiento y evaluación.
6. Eficiencia: Optimizar los recursos del sector social, a fin de brindar los
servicios esenciales que requiere la población.
7. Calidad: Se garantiza el mejoramiento continuo de la situación de salud de
la población en sus diferentes fases y niveles de atención conforme la
disponibilidad de recursos y tecnología existente, para brindar el máximo
beneficio y satisfacción con el menor costo y riesgo posible.
8. Equidad: Oportunidad que tiene la población de acceder a los servicios
esenciales de salud, privilegiando a los sectores vulnerables, para resolver
sus problemas de salud.
9.
Sostenibilidad: Se garantiza
la viabilidad del sector, a través de la continuidad de acciones y procesos
dirigidos a preservar la salud, de manera que no decaiga o se extinga por
factores políticos, culturales, sociales, financieros, organizacionales o de
otra naturaleza, considerando las limitaciones propias en materia de recursos disponibles.
10.
Responsabilidad de los ciudadanos: Todos
los habitantes de la
República están obligados a velar, mejorar
y conservar su salud personal, familiar y comunitaria, así como las condiciones
de salubridad del medio ambiente en que viven y desarrollan sus actividades.
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